El equipo de gobierno aprobó en
el pasado pleno extraordinario de 27 de abril el contrato de contratación de suministro, servicios y
mantenimiento energéticos a la empresa Giroa, por un importe superior a 7
millones de euros para un plazo de 10 años. Por Muskiz BAI votamos en contra de
esta adjudicación.
El 17 de noviembre de 2014 se
celebró la sesión ordinaria de la comisión informativa de urbanismo y medio
ambiente en la cual nuestro concejal Javi expuso nuestras aportaciones a los
pliegos de claúsulas. En concreto se hicieron 10 aportaciones.
El 1 de diciembre se llevó a cabo
otra reunión informativa de urbanismo y medio ambiente en la que Unai Landaburu
presentó el borrador del pliego con nuestras
propuestas incluidas. En esa sesión, los grupos de la oposición pidieron
una reunión con los asesores para recibir más explicaciones sobre el tema ya
que es complejo. Además, nuestro
concejal solicitó un debate con toda la
información sobre la mesa para enriquecer el pliego y explicó que, habiendo
leído el informe económico del expediente, no veía la capacidad de ahorro del
20% sobre el coste actual que el informe reflejaba.
El 15 de diciembre se celebró
otra comisión informativa de urbanismo y medio ambiente en la que el 1º punto
era: Dictamen de aprobación si procede del expediente de contratación de
suministro y servicios energéticos de las instalaciones municipales. Se acordó
emitir dictamen al Pleno favorable con los votos a favor del PNV (3), EA (1),
Concejal no adscrito (1). Biltzen, PSE y Por Muskiz BAI votamos en contra.
En conclusión, no estamos de
acuerdo con este contrato porque consideramos que es un tema complejo que
debería de haberse tratado entre todos los grupos con más profundidad y con el
asesoramiento técnico solicitado.
Por otro lado, la oposición pidió
en el pleno del 27 que se sacase el punto del orden del día y se volviese a
tratar fuera del Pleno por entender que había errores importantes en los
Pliegos de Contratación, pero el equipo de gobierno se negó.
Finalmente PorMuskiz,BAI, PSE y
EH Bildu hemos presentado un Recurso Especial en Materia de Contratación en el
OARC para que se invalide el acuerdo con los siguientes argumentos:
1º: No se ha procedido a emitir el informe de secretaría, previo a la
aprobación del pliego de cláusulas administrativas particulares, ocurrida en el pleno
extraordinario del 29 de diciembre de 2014, tal como previene la Disposición
adicional segunda, 7, del RDL 3/2011, de 14 de Noviembre.
2º: Mesa de contratación : Se ha omitido el trámite de nombramiento de
los miembros de la Mesa de contratación por el órgano de contratación, tal como
previene el artículo 320.3 del RDL 3/2011, de 14 de Noviembre. Así mismo, se ha
omitido el trámite de publicación en el perfil del contratante de la constitución
de dicha Mesa y de sus componentes.
3ª.- Contrato mixto de suministro y servicios energéticos innecesario
La Junta Consultiva de Contratación Administrativa del Ministerio de
Economía y
Hacienda publicó en su informe 43/09 de fecha 23 de julio de 2009 una
recomendación sobre el modelo de pliego de cláusulas administrativas particulares
para la prestación del suministro de energía y gestión energética en edificios
públicos. En este modelo se recomienda que el alcance del contrato tenga cinco
prestaciones:
• Prestación P1.- Gestión Energética
• Prestación P2.- Mantenimiento
• Prestación P3.- Garantía Total
Prestación P4.- Obras de mejora y renovación de las instalaciones
consumidoras de energía
• Prestación P5.- Inversiones en ahorro energético y energías
renovables.
En el PCAP objeto de esta adjudicación se ha eliminado la Prestación
P5, porque estas inversiones las ha realizado o las está realizando el propio
Ayuntamiento de Muskiz con cargo a sus presupuestos de inversión. Esta
circunstancia desnaturaliza las virtudes del efecto que se podría conseguir con
la adjudicación de este contrato, ya que además de la externalización de los
servicios energéticos contratados, se externalizan a favor de la empresa
adjudicataria los ahorros energéticos que se puedan lograr gracias al esfuerzo inversor
realizado por el Ayuntamiento de Muskiz, lo que hace que el contrato se
convierta en oneroso y perjudicial para los intereses del Ayuntamiento de
Muskiz.
4ª- Informe de valoración de las ofertas: falta de capacidad y
competencia técnica
Esta valoración corresponde a la Mesa de Contratación para lo que ha
contado con un informe técnico de valoración global que está firmado por el “Responsable
de Emergencias, Seguridad y Salud Laboral”.
En la última Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento de Muskiz
publicada no aparece ningún puesto de trabajo con la denominación citada,
“Responsable de Emergencias, Seguridad y Salud Laboral”. Además es preciso señalar
que el funcionario que firma el referido informe es Agente de la Policía Local
de Muskiz.
Estas dos circunstancias, la no existencia en la RPT del Ayuntamiento
de Muskiz del puesto de trabajo del firmante del informe de la valoración global
y su condición de Agente de la Policía Local de Muskiz permiten afirmar que el
informe técnico de valoración global carece de las acreditaciones necesarias en
cuanto a capacidades y competencias profesionales para que la Mesa de
Contratación lo haya utilizado como fundamento de su propuesta de resolución.
5ª- Documentación presentada por la empresa adjudicataria, falta de
informe de conformidad
La empresa adjudicataria, GIROA, S.A.U., presentó la documentación en
el registro general municipal el 10 de abril de 2014. En el expediente se han
omitido los informes emitidos por el departamento de Tesorería y de Contratación
que se citan en los apartados Segundo y Tercero del acuerdo adoptado por la
Junta de Gobierno Local en su sesión del 16 de marzo de 2015.
La aprobación de la adjudicación tuvo lugar el 27 de abril de 2014,
excediendo el plazo de cinco días hábiles desde la recepción de la citada
documentación, que señala el artículo 151.3 del RDL 3/2011, de 14 de Noviembre.